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Dedicado a luchar contra todo tipo de injusticia y abusos.

Derechos como usuario de telecomunicaciones (Telefonos e internet)

Derechos como usuario de telecomunicaciones (Telefonos e internet)

Derechos mas significativos de los usuarios de aparatos de telecomunicaciones, donde no se recogen los relativos a la ley general de defensa del consumidor y otras que también son de aplicación :
1.- Los operadores deben disponer de un servicio de atención al cliente.
2.- Si no esta de acuerdo con la respuesta del servicio de atencion al cliente, puede elevar la disputa a queja formal en el ministerio de consumo o de elecomunicaciones, para lo que necesitara el numero de incidencia que el servicio de atención al cliente del operador le proporciono.
3.- Tienes derecho a darte de baja en cualquier momento de los servicios contratados.
4.- Una vez realizada la solicitud de baja sera tramitada en 2 dias habiles como máximo.
5.- Los operadores deberan comunicar fehacientemente con un mes de antelacion cualquier cambio sustancial de las condiciones del contrato, como por ejemplo cualquier cambio de tarifas. Si no esta de acuerdo con las nuevas condiciones podra resolver el contrato sin penalizaciones.
6.- Puede solicitar la restricción de las llamadas internacionales y a números de tarificacion adicional ( 803 - 806 - 807 - 905 - 907 ), la cual debe ser atendida en un plazo máximo de 10 días. También decir que si no esta de acuerdo con la facturación de alguno de estos servicios, debe saber que si no paga la parte proporcional de estos servicios no se le cortara la linea.
7.- En caso de interrupción del servicio el operador esta obligado a indemnizarle.

Reclamación de cantidad por daños efectos personales durante estancia hotel

DEMANDA SUCINTA DE JUICIO VERBAL DE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD POR DAÑOS EN EFECTOS PERSONALES EN HOTEL
Para reclamar a hoteles y similares.
Según el art. 437.2 LECiv/2000, «en los juicios verbales en que se reclame una cantidad que no exceda de 900,00 Euros, el demandante podrá formular su demanda cumplimentando unos impresos normalizados que, a tal efecto, se hallarán a su disposición en el tribunal correspondiente». El que aquí se relaciona es el de la Instrucción 1/2002 de 5 de noviembre de 2002, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por la que se aprueban los impresos normalizados para su presentación directa por los ciudadanos en los supuestos previstos por la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Artículos y bienes que cubre la ley de defensa del consumidor

Artículos y bienes que cubre la ley de defensa del consumidor
Productos y servicios de uso o consumo común, ordinario y generalizado a los que se aplica la ley de defensa del consumidor :

Productos alimenticios y alimentarios :
  1. Carnes frescas.
  2. Carnes de aves de corral.
  3. Carnes de caza silvestre.
  4. Carnes de conejo doméstico y de caza de granja.
  5. Derivados cárnicos.
  6. Pescados y derivados.
  7. Mariscos, crustáceos, moluscos y derivados.
  8. Huevos y ovoproductos.
  9. Leche y derivados.
  10. Aceite y demás grasas comestibles.
  11. Cereales.
  12. Leguminosas.
  13. Tubérculos y derivados.
  14. Harinas y derivados.
  15. Hortalizas y verduras.
  16. Frutas y derivados.
  17. Edulcorantes naturales y derivados.
  18. Salsas y demás condimentos y especias.
  19. Café y demás alimentos estimulantes y derivados.
  20. Conservas animales y vegetales.
  21. Platos preparados, productos dietéticos y de régimen.
  22. Agua y hielo.
  23. Helados.
  24. Bebidas no alcohólicas.
  25. Bebidas alcohólicas.
  26. Aditivos.
 Productos no alimenticios : 
  1. Medicamentos y productos sanitarios.
  2. Productos de perfumería, cosméticos e higiene personal.
  3. Abonos y fertilizantes de uso doméstico.
  4. Flores, plantas y semillas de uso doméstico.
  5. Plaguicidas de uso doméstico.
  6. Disolventes, pegamentos, pinturas, barnices, tintes o similares.
  7. Detergentes y productos de limpieza del hogar.
  8. Instrumentos y material de óptica, fotografía, relojería y música.
  9. Bisutería y monedas.
  10. Herramientas, cuchillería, cubertería y otras manufacturas metálicas comunes, de uso doméstico.
  11. Muebles, artículos de menaje, accesorios y enseres domésticos.
  12. Aparatos eléctricos, electrotécnicos, electrónicos e informáticos, su software y accesorios de uso domésticos.
  13. Vehículos automóviles, motocicios, velocípedos y accesorios.
  14. Encendedores y cerillas.
  15. Combustibles.
  16. Bombonas de gas.
  17. Juguetes, juegos, artículos para recreo y deportes.
  18. Vivienda.
  19. Artículos para vestido y calzado y sus accesorios.
  20. Artículos de viaje.
  21. Libros, revistas y periódicos.
  22. Material didáctico o escolar.
Servicios :
  1. Servicios de suministros de agua, gas, electricidad y calefacción.
  2. Arrendamiento de vivienda.
  3. Servicios sanitarios: Médicos, hospitalarios, farmacéuticos y veterinarios.
  4. Servicios de residencia y atención a personas mayores o con minusvalía.
  5. Servicios de atención a la infancia y guarderías.
  6. Transporte de servicio público.
  7. Comunicaciones: Correos, teléfonos, telégrafos y otros servicios de telecomunicaciones que tengan incidencia directa en la prestación de servicios de uso general.
  8. Enseñanza.
  9. Servicios culturales.
  10. Servicios de esparcimiento y deportes.
  11. Servicios personales: Lavanderías, tintorerías y peluquerías.
  12. Servicios de limpieza y de recogida de basuras.
  13. Servicios bancarios y financieros.
  14. Seguros.
  15. Turismo y hostelería.
  16. Servicios de reparación, mantenimiento y garantía de aquellos bienes y servicios relacionados en el presente anexo que, por su naturaleza, puedan requerir de los mismos.
  17. Servicios de la sociedad de la información.

  Bienes considerados duraderos :

  • Herramientas, cuchillería, cubertería y otras manufacturas metálicas comunes.

  • Muebles, artículos de menaje, accesorios y enseres domésticos.

  • Aparatos eléctricos, electrotécnicos, electrónicos e informáticos y su software.

  • Vehículos automóviles, motociclos, velocípedos, sus piezas de recambio y accesorios.

  • Juguetes, juegos, artículos para recreo y deportes.

  • Vivienda.


    1. Respuesta del defensor del pueblo sobre speedtrans y correos-II

      Después de quejarme a la empresa encargada sin éxito,a correos con el mismo resultado, y al área de consumo del gobierno vasco con igual suerte, el defensor del pueblo fue quien finalmente escucho mis suplicas por la muy lamentable situación que tuvimos que soportar con esta empresa .
      Aquí os dejo la segunda y última respuesta cuando acabaron la investigación :

      Ley 16/2011 de 24 de junio de contratos de credito al consumo

      CREDITOS AL CONSUMO
      Novedades mas interesantes de la ley :
      Art. 26 Cobro indebido :  Se reconoce esta figura que ya existía en la jurisprudencia, ahora todo cobro indebido devenga el interés legal del dinero.
      Bienes financiados por créditos al consumo, no se podrá exigir al consumidor otra forma de pago si a este no le hes concedido el préstamo.
        Acción de cesación de las conductas contrarias a esta ley : Podrá ser ejercitada en los términos dispuestos, realmente no se si es nuevo pero es la primera vez que lo leo.
      ESTA LEY SE APLICA PARA LOS PRESTAMOS AL CONSUMO FORMALIZADOS DE HOY EN ADELANTE.

      Respuesta del defensor del pueblo sobre speedtrans y correos-I


      Después de quejarme a la empresa encargada sin éxito,a correos con el mismo resultado, y al área de consumo del gobierno vasco con igual suerte, el defensor del pueblo fue quien finalmente escucho mis suplicas por la muy lamentable situación que tuvimos que soportar con esta empresa .
      Aquí os dejo la primera respuesta cuando empezo la investigación :

      Solicitud intermediacion Junta Arbitraje de Consumo de Euskadi

      Aqui os dejo el modelo oficial para solicitar un arbitraje de consumo,aunque no todas las empresas estan adheridas al mismo. Podeis mandarlo a la siguiente direccion si vivis en el pais vasco:
      Junta Arbitraje de Consumo de Euskadi
      C/ Donostia-San Sebastián, 1
      01010 - VITORIA-GASTEIZ
      Teléfono: 945 019936

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